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Discusión abierta

Vocal de TSJ, a favor de subir la edad jubilatoria de jueces

En diálogo con Radioinforme 3 Sebastián López Peña sostuvo: "Con la jubilación a los 60 años, se nos va gente joven y muy capaz".  

26/02/2020 | 15:07

El vocal del Tribunal de Justicia de Córdoba (TSJ) Sebastián Cruz López Peña, se mostró a favor de elevar la edad jubilatoria de los jueces.

"Con la jubilación a los 60 años, se nos va gente joven y muy capaz, que con la expectativa de vida del país es gente que podría rendir y dar buenos frutos", sostuvo en diálogo con Radioinforme 3.

"El aumento de la edad jubilatoria es una cuestión de sentido común de la que casi no podemos escapar", dijo.

"Creo que sí tendría que discutir la edad de jubilación", manifestó.

El Gobierno nacional envió al Congreso el proyecto para modificar las jubilaciones en el Poder Judicial y del Ministerio Público de la Nación. Entre los cambios propuestos se destaca el aumento escalonado de la edad mínima jubilatoria hasta alcanzar los 65 años.

Al respecto, López Peña, señaló que si bien la Justicia de Córdoba es ajena a los vaivenes de una ley nacional, consideró que una modificación en el régimen nacional implicaría cambios "casi idénticos" en el de las provincias. "Habría que ver después como sale la ley", acotó.

"Si diría que con el aumento de la edad jubilatoria es casi una cuestión de sentido común, en líneas generales", completó.

Cómo será el nuevo sistema oral en la instrucción penal

Desde el próximo 2 de marzo se comenzará a implementar en la Justicia de Córdoba la oralidad en la instrucción penal y un nuevo sistema para las prisiones preventivas.

El fiscal ahora deberá exponer de manera oral los fundamentos de la detención ante el juez de control y en esa misma audiencia, en la que estará presente el imputado, su abogado y eventualmente la víctima, se decidirá si aplica o no la prisión preventiva. El juez tendrá un plazo de 24 has para resolver.

"El sistema hoy implica que el fiscal de instrucción es el que dispone de la prisión preventiva -en caso de corresponder- y frente a ese dictamen la defensa tiene hasta tres recursos posibles, lo cual implica que normalmente esos expedientes (al estar en papel) viajen hacia la cámara o el tribunal superior a fin de definir la procedencia", explicó López Peña..

"Lo que va a comenzar a regir es que la potestad de la prisión preventiva la va a tener el juez de control en una audiencia oral con el fiscal, el imputado, el defensor y eventualmente la víctima del delito", indicó.

"Esa audiencia va a ser oral y de resolución cuasi inmediata lo que implica que se resta un recurso posible y la novedad es que también va a ser digital (videograbado) lo que va a permitir que el expediente papel no viaje sino que se resuelva en fiscalía", detalló.

Para el vocal, los funcionarios judiciales "se van a tener que acostumbrar a las nuevas leyes".

"Esto es una imposición legal pero sí va a haber una imposición gradual. Comenzará en Capital, con algunos casos y luego se irá extendiendo al resto de casos y en el resto de la provincia. Para los casos de complejidad sí se prevé que pueda ser por escrito", advirtió.

Por otra parte, López Peña destacó como ventajas la celeridad, la despapelización, mayor aprovechamiento de los espacios de trabajo e infraestructura.

"Más allá de que es el primer acto procesal durante la instrucción, e inevitablemente se hace una oralidad de todo el proceso y se da en todo el mundo. Nos adaptamos a los nuevos tiempos con mucho sacrificio no solamente presupuestario sino también de esfuerzos", remarcó.

Entrevista de Miguel Clariá.

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